Los cambios a la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), vigentes desde el 22 de octubre de 2026, podrían ser impugnados mediante amparos indirectos. Sin embargo, especialistas advierten que existe incertidumbre sobre la admisión de las demandas, la posibilidad de obtener suspensiones y el criterio de los juzgados que conozcan los casos.
La modificación afecta principalmente a nuevas incorporaciones de trabajadores bajo el régimen de la Ley de 1973. Entre otros ajustes, el salario base para la continuación voluntaria queda vinculado al último salario registrado ante el IMSS, con la posibilidad de agregar una Unidad de Medida y Actualización (UMA), mientras que las nuevas inscripciones ya no generarían derechos retroactivos.
La vía del amparo sigue abierta, pero no garantiza un resultado
La impugnación podría presentarse por la vía indirecta contra el acuerdo del Consejo Técnico del IMSS y contra los actos de aplicación que restrinjan el registro, la elección salarial o el pago de cuotas. La procedencia dependerá de las circunstancias de cada persona y del análisis del órgano jurisdiccional.
Entre los argumentos planteados por especialistas se encuentran la posible afectación a derechos adquiridos, la aplicación retroactiva de disposiciones y la jerarquía entre la ley y las normas administrativas. También se ha señalado que el control de convencionalidad podría ser invocado para revisar si las medidas son compatibles con los derechos humanos reconocidos en tratados internacionales.
Aun cuando un trabajador presente la demanda, el juzgado deberá determinar si la admite y si concede una suspensión. En caso de que el asunto avance, podría llegar a un tribunal colegiado y eventualmente ser atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aunque ese recorrido no es automático.
Qué cambió en la Modalidad 40
- Las nuevas incorporaciones deben considerar como referencia el último salario base de cotización registrado ante el IMSS, más una UMA, sin superar las reglas establecidas por el acuerdo.
- La inscripción produce efectos a partir de la fecha de la solicitud y no permite, bajo las nuevas reglas, realizar pagos retroactivos como antes.
- Las personas que ya estaban incorporadas conservan un tratamiento distinto frente a quienes busquen ingresar después de la entrada en vigor del acuerdo.
- El IMSS contará con un periodo de análisis financiero antes de que el Consejo Técnico determine si mantiene o modifica las restricciones.
La medida busca contener el impacto financiero de la Modalidad 40 y evitar esquemas considerados abusivos en el cálculo de pensiones. No obstante, sus efectos alcanzan a trabajadores que planeaban elevar su salario de cotización durante los últimos años de actividad laboral para mejorar su pensión.
Por ahora, la posibilidad de promover amparos permanece abierta, pero cada caso requiere revisar la fecha de baja, el historial de cotización, el momento de la solicitud y el acto concreto de aplicación. La resolución de los primeros asuntos definirá el alcance judicial de las nuevas reglas.

