La declaración anual correspondiente al ejercicio 2025 para personas físicas debe presentarse en línea ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y, según comunicados y guías publicadas por medios y asesorías fiscales, el periodo oficial para su presentación va del 1 al 30 de abril de 2026, siendo el 30 de abril la fecha límite para evitar sanciones o recargos.
Están obligadas a presentar la declaración las personas físicas que, entre otros supuestos, obtuvieron ingresos por sueldos y salarios que excedan el límite establecido por la autoridad, trabajaron para dos o más patrones, percibieron ingresos por honorarios o actividades empresariales, obtuvieron ingresos por arrendamiento, intereses, dividendos o enajenación de bienes. Los contribuyentes en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) pueden tener reglas especiales que los eximan de la obligación anual si cumplieron sus pagos mensuales en tiempo y forma.
Para acceder al servicio en el portal del SAT necesita tener a la mano su RFC y una forma de autenticación: la Contraseña (que puede generarse o renovarse mediante SAT ID o la app SAT Móvil) o la e.firma. La e.firma es necesaria en casos específicos, por ejemplo cuando se solicita devolución por un saldo a favor igual o superior a 10,001 pesos o cuando se modifica la cuenta CLABE registrada para recibir devoluciones.
Antes de iniciar, reúna comprobantes digitales (CFDI) de ingresos y gastos, comprobantes médicos, facturas de deducciones personales y la CLABE bancaria vigente si solicitará devolución. Verifique que su información fiscal esté actualizada en el portal y que su contraseña o e.firma estén vigentes para evitar contratiempos al firmar y enviar la declaración.
Los pasos generales para presentar la declaración anual a través del Portal del SAT son los siguientes:
- Ingrese al portal del SAT con su RFC y Contraseña o con e.firma.
- Seleccione la opción para presentar la declaración anual del ejercicio 2025 y abra la declaración prellenada.
- Revise los ingresos, retenciones y deducciones que el SAT haya precargado; corrija o complete la información cuando sea necesario y agregue las deducciones personales que procedan.
- Verifique el resultado: si hay saldo a favor, decida si solicita la devolución o lo aplica contra futuras obligaciones; si hay saldo en contra, confirme el método de pago o la línea de captura.
- Firme la declaración con la Contraseña o e.firma según corresponda y envíe la declaración; descargue y guarde el acuse de recibo.
El SAT publica en su portal las aplicaciones y servicios para presentar declaraciones y pagos, y dispone de herramientas de apoyo como el visor de deducciones personales y el chat de orientación. Además, la autoridad ha reiterado la disponibilidad de SAT ID y la aplicación móvil para generar o renovar la Contraseña, lo cual facilita el acceso a la plataforma antes y durante el periodo de presentación.
Si declara fuera del plazo establecido, la presentación extemporánea puede generar multas y recargos. En caso de dudas sobre el llenado, requisitos o uso de la e.firma y la Contraseña, el SAT ofrece canales de atención como MarcaSAT, el chat de orientación en el portal y la opción de generar citas para trámites presenciales.
Recuerde conservar el acuse digital y los comprobantes que soportan las deducciones declaradas; en caso de requerimiento, estos documentos servirán para la verificación fiscal.


