El Decreto de Reforma a la Ley Aduanera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de noviembre de 2025, modifica los criterios de fiscalización del comercio exterior en México y sus principales disposiciones entraron en vigor el 1 de enero de 2026.
La reforma involucra a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al Servicio de Administración Tributaria y a la Agencia Nacional de Aduanas de México, y busca reducir prácticas de evasión, subvaluación y contrabando mediante mayores controles administrativos y herramientas tecnológicas.
Entre los cambios más relevantes está la creación de un Consejo Aduanero con facultades para decidir sobre patentes y autorizaciones, la posibilidad de celebrar convenios con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones para la gestión y análisis de datos de pedimentos, y la ampliación del expediente electrónico exigido para operaciones de comercio exterior.
La norma endurece el régimen sancionador: en ciertos supuestos, como la introducción de mercancía prohibida, la importación temporal no amparada en programas autorizados o la falta de cumplimiento de regulaciones no arancelarias, las multas pueden equivaler al 250% y hasta el 300% del valor comercial de las mercancías.
La reforma también amplía las facultades de la ANAM para otorgar, suspender y cancelar patentes aduanales y prevé requisitos adicionales de control y documentación en los pedimentos, incluyendo Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, transferencias electrónicas, contratos y otros comprobantes que acrediten la materialidad de la operación.
Como parte del proceso de modernización, las autoridades prevén usar análisis de datos sobre pedimentos para identificar riesgos y focalizar inspecciones; la reforma plantea convenios formales con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones para ese fin, además de mecanismos de colaboración entre SAT, ANAM y autoridades estatales.
Expertos y grupos del sector señalararon posibles impactos operativos y preocupaciones sobre la proporcionalidad de las sanciones; en el debate legislativo se registraron advertencias sobre la necesidad de ajustar la implementación y las disposiciones transitorias que regulan plazos y excepciones.
Las disposiciones transitorias fijaron plazos para la entrada en vigor de varias medidas y la actualización del reglamento; las autoridades deberán publicar las reglas de operación y los procedimientos administrativos necesarios para aplicar las nuevas obligaciones y sanciones.


