El 1 de abril de 2026 la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral resolvió que no procede ordenar el retiro de dos promocionales difundidos por el Partido Revolucionario Institucional, luego de las quejas presentadas por Morena y por el gobernador de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda.
La queja de Morena se dirigió contra el promocional identificado como “PRI Defensores”, por presumir la imputación de conductas ilícitas al partido denunciante. Por su parte, Samuel García solicitó la suspensión del promocional denominado “Ruta del enriquecimiento”, al considerar que en su contenido se le atribuyen conductas como apropiación indebida de recursos públicos y enriquecimiento ilícito.
En su resolución, la Comisión determinó que las expresiones contenidas en ambos materiales, en una apreciación preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, no constituyen imputaciones directas y unívocas de delitos, sino que se entienden como manifestaciones críticas en el debate político protegidas por la libertad de expresión e información.
Los acuerdos de la Comisión fueron adoptados tras el análisis de los argumentos y de las versiones de los promocionales; la decisión mantiene en pie el principio de protección a la crítica política y limita la adopción de medidas cautelares cuando no existe, a la vista preliminar, una imputación clara de hecho delictivo.
Estas resoluciones son susceptibles de impugnación mediante los recursos previstos en la normativa electoral, por lo que las partes podrán recurrir la decisión conforme a los plazos y procedimientos aplicables ante las instancias competentes del sistema de medios de impugnación en materia electoral.
La determinación ocurre en el marco de múltiples controversias entre partidos sobre contenido promocional y libertad de expresión en el contexto del debate público, y la Comisión subrayó la necesidad de equilibrar la protección de la reputación con el derecho a la crítica política.


