La iniciativa de Ley de Relaciones Inquilinarias y Rentas Justas, Razonables y Asequibles, presentada por la jefa de Gobierno Clara Brugada ante el Congreso de la Ciudad de México el 14 de octubre de 2026, propone nuevas reglas para los contratos de vivienda en renta. Entre sus medidas contempla un registro digital obligatorio, contratos con duración mínima de un año y límites a los aumentos anuales.
El proyecto todavía no es una ley vigente. El Congreso capitalino inició un proceso de Parlamento Abierto para recibir opiniones y propuestas antes de analizar y dictaminar la iniciativa.
Registro digital obligatorio para los contratos
La propuesta establece que los contratos de arrendamiento habitacional deberán inscribirse en un registro digital operado por la Agencia Digital de Innovación Pública. Las personas arrendadoras tendrían un plazo de 30 días posteriores a la firma para realizar el trámite.
El registro incluiría los nombres de las partes, la ubicación y superficie del inmueble, el precio de la renta, el depósito, el tipo de garantía y la duración del contrato. Cualquier modificación a esos datos también tendría que inscribirse dentro de los 30 días siguientes.
Una vez obtenida la constancia, el arrendador tendría otros 30 días naturales para entregarla al inquilino, junto con un ejemplar original del contrato y los recibos de pago correspondientes. Si el propietario no realiza el registro, la persona arrendataria podría hacerlo directamente.
Duración mínima de un año y aumento conforme a la inflación
El artículo 22 de la iniciativa plantea que los contratos de arrendamiento habitacional tengan una duración mínima de un año. Cualquier cláusula que establezca un plazo menor se consideraría inválida.
Además, la renta se fijaría en moneda nacional y solo podría aumentar una vez al año conforme a la inflación reportada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía durante el año anterior. El límite aplicaría aunque cambiara la persona inquilina.
Si al renovar el contrato el arrendador propusiera un aumento superior al permitido, la persona arrendataria podría optar por pagar la renta anterior más el porcentaje de inflación, mediante el mecanismo acordado en el contrato o por consignación ante el juzgado correspondiente. La iniciativa contempla una excepción cuando el propietario acredite mejoras sustantivas en el inmueble y obtenga autorización de la Defensoría de las Relaciones Inquilinarias.
Multas y costos que no podrían cobrarse al inquilino
El proyecto contempla multas de uno a tres meses de la renta pactada por incumplir con el registro oportuno o no entregar la constancia correspondiente. La sanción no se aplicaría si el inquilino registra el contrato dentro del plazo previsto para el arrendador.
La falta de entrega de un ejemplar original del contrato podría sancionarse con una multa de 25 a 50 Unidades de Medida y Actualización. También se prohibiría exigir a la persona arrendataria pagos por intermediarios, investigaciones de historial crediticio, verificaciones fiscales, pólizas jurídicas u otros costos relacionados con la formalización del arrendamiento.
Cláusulas contra la discriminación
Los contratos tendrían que incluir una leyenda para establecer que el origen, la apariencia física, el género, la situación migratoria, la orientación sexual o la convivencia con niñas, niños y animales de compañía no pueden utilizarse como obstáculos para ejercer los derechos de las partes.
La iniciativa forma parte de una propuesta más amplia del Gobierno de la Ciudad de México para regular las relaciones entre arrendadores e inquilinos, contener aumentos considerados excesivos y atender los efectos de la gentrificación. Su contenido puede modificarse durante la discusión legislativa antes de una eventual aprobación.

